La campaña de la declaración de la Renta 2025 está a la vuelta de la esquina, y tanto autónomos como empresas deben estar preparados para cumplir con sus obligaciones fiscales. En esta guía te explicamos cuándo se hace la declaración de la Renta 2025, los plazos para presentarla, las principales novedades en la Renta 2024 y las nuevas deducciones Renta 2024 para que optimices tu declaración y evites errores
La declaración del IRPF se presenta anualmente sobre los ingresos obtenidos en el año anterior. Es decir, la Renta 2025 corresponde al ejercicio fiscal 2024 y debe declararse dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria.
El plazo para presentar la declaración de la Renta comienza habitualmente en abril y finaliza en junio del año siguiente. Se recomienda consultar el calendario fiscal oficial para confirmar las fechas exactas.
Tendrán la obligación de declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Los parados están obligados a presentar la declaración de la Renta para no arriesgarse a perder su prestación.
Para empresas y autónomos, es clave conocer las nuevas deducciones Renta 2024 que pueden suponer un ahorro fiscal significativo:
La reducción por obtención de rendimientos del trabajo aumenta de 6.498 a 7.302 euros anuales. Esta cantidad disminuirá progresivamente según los ingresos:
Las cantidades pagadas por obras de mejora en eficiencia energética seguirán siendo deducibles en la Renta 2024, siempre que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto aplica tanto a la vivienda habitual como a aquellas destinadas al alquiler, siempre que sean arrendadas antes del 31 de diciembre de 2025.
Además, las obras en edificios residenciales podrán deducirse hasta el 31 de diciembre de 2025, aplicándose en las declaraciones de 2021 a 2025 según los pagos realizados en cada año.
Desde el 30 de junio de 2023, el Real Decreto-ley 5/2023 introdujo dos nuevas deducciones fiscales:
Deducción por compra de vehículos eléctricos: Los contribuyentes pueden deducir el 15 % del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo, con un límite de 20.000 euros, incluyendo impuestos y gastos asociados. Se descontarán las ayudas públicas recibidas.
Deducción por instalación de puntos de recarga: Se aplica un 15 % de deducción sobre los gastos realizados entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 para la instalación de sistemas de recarga en inmuebles de su propiedad, siempre que no estén vinculados a una actividad económica. La base máxima anual es de 4.000 euros.
Además de las deducciones mencionadas, se amplía la aplicación de la libertad de amortización establecida en el Impuesto sobre Sociedades (IS) a todos los contribuyentes, independientemente del método utilizado para determinar su rendimiento neto.
Esto significa que los autónomos y empresas sujetos al IRPF también podrán beneficiarse de esta ventaja fiscal al adquirir vehículos eléctricos o infraestructuras de recarga destinadas a su actividad económica, permitiéndoles amortizar estos activos de forma acelerada y optimizar su carga tributaria.
La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda establece una reducción del 60% en el rendimiento neto positivo para ciertos arrendamientos. Esta reducción varía según las condiciones:
90% de reducción: Si el arrendador firma un nuevo contrato de arrendamiento en una zona de mercado residencial tensionado y reduce la renta en al menos un 5% respecto al contrato anterio
70% de reducción: Si no se cumplen los requisitos anteriores, pero la vivienda se incorpora al mercado de alquiler en zonas tensionadas y se alquila a jóvenes de 18 a 35 años
60% de reducción: Si no se cumplen los requisitos anteriores, pero la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años previos al contrato.
50% de reducción: En cualquier otro caso que no se ajuste a los anteriores.
La Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de consultar el borrador Renta 2025 a través de su página web. Es fundamental revisarlo antes de confirmarlo, ya que pueden existir errores que afecten el resultado final de la declaración.
Si tienes dudas, es recomendable consultar con un asesor fiscal para evitar errores que puedan derivar en sanciones.
Si debes presentar la declaración de la Renta en 2025, es conveniente seguir estos consejos clave:
Sage pone a disposición de autónomos y empresas herramientas avanzadas para simplificar la gestión fiscal. Su software Sage for Accountants permite:
Además, con la integración de inteligencia artificial, las soluciones de Sage ayudan a prever posibles incidencias fiscales y mejorar la planificación tributaria para el siguiente ejercicio.
Con Sage for Accountants, puedes cumplir con las obligaciones legales sin esfuerzo.
La declaración de la Renta es de enero a diciembre, pero la planificación debe hacerse con antelación para aprovechar todas las ventajas fiscales disponibles.
Recomendaciones finales:
Mantenerse informado sobre las novedades fiscales puede marcar la diferencia y evitar imprevistos con la Agencia Tributaria.
Descárgate la Guía sobre la Campaña de Renta 2024/2025