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Nueva Ayuda a la digitalización para las Pymes de Aragón

Escrito por Control Group | Mar 13, 2024 11:26:20 AM

El Gobierno de Aragón lanza una nueva ayuda para pequeñas y medianas empresas que desarrollen la actividad subvencionada en Zaragoza y Huesca.

Estas ayudas forman parte del Plan Estratégico de Subvenciones del departamento de Economía, Empleo e Industria para el periodo 2024-2027.

Esta nueva ayuda tiene la finalidad de incentivar la digitalización de las pymes, subvencionando las inversiones tanto en software como en hardware, y para el desarrollo e implantación de soluciones de digitalización. Así como los servicios de consultoría externa vinculados a las mismas.

El ámbito de actuación incluye ciberseguridad, inteligencia artificial, computación de altas prestaciones, Cloud, IoT, integración de soluciones TIC, etc, con el objeto de mejorar la competitividad de las empresas.

 

Requisitos para acceder a la ayuda

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en estas bases reguladoras las pymes que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):

  • Sección C - Industria Manufacturera - Divisiones 10 a 33
  • Sección F - Construcción- Divisiones 41 a 43
  • Sección H - Transporte y Almacenamiento - Divisiones 49 a 53

Realizar las actividades e inversiones objeto de subvención en las provincias de Zaragoza y Huesca.

Tener personalidad jurídica propia, y estar válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud y dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social.

Tener la consideración de Pyme conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea L 187, de 26 de junio de 2014 (Reglamento General de Exención por Categorías).

No haber recibido otra subvención pública para las mismas actuaciones para las que se solicita la ayuda.

Cumplir los requisitos exigidos en la legislación ambiental en relación con el tratamiento de los residuos que, en su caso, produzca.

No haber sido sancionado de forma firme por la autoridad laboral competente.

No haber sido objeto de sanción administrativa firme o sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.

Quedan excluidos expresamente las comunidades de bienes, entidades y sociedades públicas, sociedades civiles, asociaciones, fundaciones y resto de entidades sin ánimo de lucro.

 

Documentación necesaria para acogerse a la ayuda

En todos los casos habrá que presentar obligatoriamente los siguientes documentos: 

Solicitud normalizada

Memoria de la actuación
:
En la que se detallen los servicios e inversiones previstas y la descripción de la PYME. La memoria servirá de referente para aplicar los criterios de valoración.


Declaración responsable requisitos convocatoria
: Sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria (incluida en el formulario de solicitud).


Declaración responsable de otras ayudas: 
Sujetas al régimen de minimis recibidas y/o solicitadas en los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso (incluida en el formulario de solicitud).


Poderes de representación: 
Cuando el solicitante actúe por medio de representante, salvo que se acceda mediante certificado electrónico de la entidad en calidad de representante, deberán aportarse los documentos que acredite el poder de representación de éste último


Tamaño empresa y actividad: 
Documentación que permita acreditar la categoría de la empresa como micropyme, pequeña o mediana empresa, su clasificación CNAE.


Informe plantilla media: 
Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, referido al periodo comprendido entre los doce meses anteriores a dicha fecha, en la que figuren relacionadas todas las cuentas de cotización correspondientes a los diferentes centros de trabajo. En caso de no tener asalariados, se deberá presentar un “Informe de inexistencia de inscripción como empresario en el Sistema de la Seguridad Social” expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. Si en cambio, su inscripción como empresario en la Seguridad Social es menor de un mes, se deberá presentar certificado de alta que lo acredite


¿Que documentación consultará la administración?

Para terminar de realizar el trámite la administración podrá consultar los siguientes adicionales:

  • Verificación de Datos de Identidad

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social

  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones


 

Como  presentar la solicitud

Para presentar la solicitud necesitaras  trámite realizarlo de forma telemática, mediante un documento de identificación y firma electrónica (DNI, certificado electrónico o cl@ve).

Seguidamente, pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

 

 

 

En Control Group, nos comprometemos con la excelencia y a entender y satisfacer las necesidades de nuestros clientes. Nuestro enfoque se centra en brindar soluciones que impulsen el crecimiento y la innovación.

Creemos que la transformación digital es esencial para avanzar hacia un futuro más eficiente y competitivo. 

Por lo tanto, mantenemos a nuestros clientes informados sobre las nuevas ayudas económicas que pueden aprovechar para modernizar sus operaciones y digitalizar su empresa.

 

 

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