La ley 11/2021 de Medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal entra en vigor desde el 1 de enero de 2024 y su objetivo es atajar el desfalco económico, esta nueva ley antifraude de software se hace especial hincapié en perseguir a aquellos negocios que utilizan un programa para llevar la contabilidad B.
Aunque la entrada en vigor estaba prevista para el 11 de octubre del 2021, en el borrador de la ley (a falta de aprobación) se pospone a 2024, donde se publicará de manera oficial en el BOE. Este artículo está en constante actualización y pendiente de nuevos cambios.
A partir de su publicación en el BOE, prevista para el 1 de enero de 2024, las empresas deben disponer de un software que cumpla con la ley antifraude.
No sólo persigue la utilización del software de doble uso, también aborda otros aspectos como los pagos en efectivo entre particulares y empresas o la prohibición total de las condonaciones o amnistías fiscales como la que hubo en 2012.
La nueva norma para evitar la evasión fiscal contempla:
Anteriormente, la frontera estaba en los 2.500 euros. Con la nueva norma, se establece que todo lo relativo a los pagos en efectivo, el límite es de 1.000 euros como máximo de pago en metálico entre particulares y empresas. Las transacciones en efectivo entre particulares continúan con el límite fijado en 2.500 euros.
Como medida de lucha contra el fraude fiscal, las facturas electrónicas serán obligatorias y deben incluir dos nuevas características: huella digital y código QR. Igual que el TicketBAI en el País Vasco, todos los documentos llevarán un código para poder remitir la factura directamente a la Agencia Tributaria, aunque esto será opcional.
La huella digital tiene el objetivo de identificar a la factura anterior a la emitida y es uno de los requisitos que los programas de facturación deben cumplir para garantizar la inalterabilidad de las datos introducidos. Además, se lanza el sistema VERI*FACTU, una especie de calificación a los programas que permiten el envío y la comunicación con la Agencia Tributaria.
Los software de gestión utilizados por las empresas deben estar adaptados a los cambios que trae esta normativa contra el fraude fiscal a partir de 2024, que especialmente afectan a la emisión de facturas.
Sin duda, una de las principales medidas es la persecución del software de doble uso. Es decir, los programas de doble uso son herramientas informáticas de gestión y facturación que posibilitan el manejo de una caja paralela. Permiten tanto registrar las facturas que se van a declarar, ocultar aquellas que no se quieren revelar o manipular importes cuando no se debe.
Un programa informático de gestión, facturación o contabilidad debe garantizar »la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros», tal y como se recoge en el BOE.
El uso de este tipo de programas está tipificado como una infracción grave y puede acarrearte cuantiosas cantidades de entre 50.000 a 150.000 euros. Afectan tanto a las empresas y profesionales, usuarios, como a los fabricantes de software que comercialicen programas no certificados:
Las sanciones afectarán a :
Ya sabes lo que no puede hacer un programa de gestión empresarial si no quieres exponerte a una multa.
Aunque no es para nada una metodología de trabajo recomendable, todavía hay empresas y autónomos que siguen con la gestión empresarial a través de hojas de cálculo. Por ejemplo, programas como Excel, Sheets o Numbers.
Con la nueva ley antifraude, ya no podrás seguir con esta práctica porque son herramientas que no cumplen con los principios de legibilidad, integridad, accesibilidad, inalterabilidad, trazabilidad y conservación.
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